inmigrante
spanish
No existe definición jurídica y genérica del término “migrante” a nivel internacional, sino por ciertas categorías de ellos, tales
como los “trabajadores migrantes” definidas por la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los
Trabajadores Migrantes y los Miembros de su Familia y la Organización internacional del trabajo (Convenciones n°97 y 143). Sin
embargo, comúnmente se hace referencia a una definición operacional, según la cual son considerados como “migrantes”: a) las
personas que se encuentran fuera del territorio del Estado del cual tienen la nacionalidad o la ciudadanía, pero que no dependen
de la protección jurídica de este Estado y que se encuentran en el territorio de otro Estado; b) Las personas que no gozan de un
régimen jurídico general inherente al estatus de refugiado, de residente permanente, de naturalizado, o de otro estatus otorgado
por el Estado de acogida; c) Las personas que tampoco gozan de una protección jurídica general de sus derechos fundamentales
en virtud de acuerdos diplomáticos, de visas u otros acuerdos. Esta definición tiene la ventaja de no aportar prejuicios a las
motivaciones que guiaron al migrante a dejar su país. Reúne por ende tanto a las personas que huyeron de su país de origen por
razones de persecuciones políticas, de conflictos y de dificultades económicas, como a las que lo dejaron por opción y conveniencia
personal.
Source: CIPC Informe Internacional 2010, pp. 201
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Burkhard Hasenpusch
German Congress on Crime Prevention (GCOCP)